¿Qué es el presupuesto público?

El Presupuesto Público es un instrumento de gestión del Estado diseñado para lograr resultados en beneficio de la población. Su propósito principal es permitir la prestación de servicios y el logro de metas de cobertura con equidad, eficacia y eficiencia por parte de las Entidades Públicas.

Este instrumento establece los límites de gasto para cada Entidad del Sector Público durante el año fiscal, así como los ingresos que los financian, siempre en concordancia con la disponibilidad de los Fondos Públicos, con el fin de mantener el equilibrio fiscal.

Su esencia radica en la prestación eficaz y eficiente de servicios y el logro de metas de cobertura por parte de las Entidades Públicas. Es, a la vez, una expresión cuantificada, conjunta y sistemática de los gastos a atender durante el año fiscal, reflejando los ingresos que financian dichas obligaciones.

La Ley de Presupuesto del Sector Público, aprobada por el Congreso de la República, establece los créditos presupuestarios máximos para una amplia gama de entidades, incluyendo los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, el Ministerio Público, el Jurado Nacional de Elecciones, la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), el Consejo Nacional de la Magistratura, la Defensoría del Pueblo, el Tribunal Constitucional, la Contraloría General de la República, universidades públicas, Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales, y sus respectivos organismos públicos y empresas.

Es imperativo que la totalidad de los ingresos y gastos públicos de estas entidades se encuentren debidamente contemplados en sus presupuestos institucionales, quedando prohibida cualquier otra forma o modalidad de administración de recursos públicos.

El marco normativo que rige el Sistema Nacional de Presupuesto Público, principalmente el Decreto Legislativo 1440, se sustenta en una serie de principios fundamentales que guían su gestión y ejecución en los tres niveles de gobierno. Entre ellos, destacan:

La gestión presupuestaria se desenvuelve a través de cinco fases interconectadas, esenciales para el ciclo completo del presupuesto público:

Esta fase abarca un horizonte de tres años y está sujeta a las reglas fiscales vigentes. La Asignación Presupuestaria Multianual (APM), el límite máximo de créditos presupuestarios para cada pliego, tiene un carácter vinculante para el primer año (Año 1) y meramente indicativo para los dos años siguientes (Año 2 y Año 3). La APM es estimada anualmente por la Dirección General de Presupuesto Público (DGPP) del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), considerando factores como los ingresos de todas las fuentes de financiamiento, las reglas fiscales aprobadas, las prioridades de política (resultados, productos, objetivos estratégicos), criterios específicos de programación (costos unitarios, metas de cobertura), y la eficacia, efectividad y calidad de los servicios. Se utilizan dos instrumentos principales para su estimación: la Línea de Base de la Asignación Presupuestaria (LBAP) para la continuidad de políticas vigentes, y la Asignación Presupuestaria Diferencial (APD) para ajustes basados en la revisión de factores. Los pliegos deben remitir información sobre sus ingresos, excepto los Recursos Ordinarios, considerando tendencias económicas, estacionalidades y cambios normativos.

Durante esta fase, cada pliego debe maximizar la eficiencia en la provisión de servicios y el logro de resultados priorizados. Esto implica una consideración cuidadosa de los gastos de funcionamiento permanentes (como planillas de personal activo y cesante), las obligaciones reconocidas, los bienes y servicios esenciales para el cumplimiento de objetivos, el mantenimiento de infraestructuras, y el gasto de capital, priorizando la continuidad de inversiones en ejecución que contribuyan a los resultados. Los recursos de operaciones de crédito externo e interno con plazos mayores a un año, así como donaciones y transferencias (salvo libre disponibilidad), se presupuestan solo si se ha celebrado el contrato o convenio, o si se cuenta con opinión favorable de la Dirección General del Tesoro Público para operaciones de endeudamiento externo.

Las Leyes de Presupuesto del Sector Público, una vez aprobadas por el Congreso, establecen el crédito presupuestario total y el límite máximo de gasto a ejecutarse en el año fiscal. Estas leyes se acompañan de créditos presupuestarios estructurados mediante clasificaciones de gasto (Institucional, Funcional, Programática, Genérica de Gasto) y de ingreso (Institucional, Fuente de Financiamiento, Genérica de Ingreso). Tras la publicación de la Ley, la DGPP remite a los pliegos el reporte oficial desagregado para la aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura (PIA), detallando ingresos y gastos por unidad ejecutora, programa presupuestal, producto, proyecto, función, división funcional, grupo funcional, categoría y genérica de gasto.

Inicia el 1 de enero y concluye el 31 de diciembre de cada año. Los créditos presupuestarios tienen carácter limitativo, lo que significa que no se pueden certificar, comprometer ni devengar gastos que excedan el monto autorizado. Cualquier acto administrativo o de administración que incumpla esta limitación es ineficaz y puede acarrear responsabilidades. Los gastos se contraen con cargo a los créditos presupuestarios para adquisiciones, obras, servicios y demás prestaciones dentro del año fiscal. Los contratos de obra que superen el año fiscal deben incluir una cláusula que subordine su ejecución a la disponibilidad presupuestaria y financiera. Las etapas de ejecución del gasto son:

Certificación: Acto de administración que garantiza la disponibilidad y la no afectación del crédito presupuestario para comprometer un gasto, en función de la Programación de Compromisos Anual (PCA) Implica la reserva del crédito y es un requisito indispensable antes de realizar un gasto, suscribir un contrato o adquirir un compromiso. Las Unidades Ejecutoras son las encargadas de emitirla. Para ejecuciones contractuales que superan el año fiscal, se emite una previsión presupuestaria para garantizar recursos futuros.

Compromiso: Se acuerda la realización de gastos por un importe determinado o determinable, afectando los créditos presupuestarios aprobados y sus modificaciones, siempre dentro del monto certificado. Se realiza posterior a la generación de la obligación legal, contractual o convencional.

Devengado: (No detallado en las fuentes, pero es la etapa subsiguiente al compromiso).

Pago: (No detallado en las fuentes, pero es la etapa final del ciclo de gasto). La Programación de Compromisos Anual (PCA) es un instrumento de corto plazo que armoniza la programación de caja de ingresos y gastos con la capacidad real de financiamiento, y es determinada, revisada y actualizada trimestralmente por la DGPP. La ejecución de los ingresos comprende la Determinación (establecer el concepto, monto, oportunidad y persona que debe realizar un pago) y la Percepción o Recaudación (obtención efectiva del ingreso). Una menor recaudación por fuentes distintas a Recursos Ordinarios no da lugar a compensaciones.

Es un análisis sistemático y continuo del desempeño en la gestión del presupuesto y en el logro de resultados prioritarios y objetivos estratégicos institucionales. Sus recomendaciones y conclusiones deben ser consideradas en el proceso presupuestario. Incluye el Seguimiento, que es el análisis priorizado de las relaciones entre recursos, insumos, productos y resultados, mediante indicadores de desempeño para la toma de decisiones oportuna. La DGPP elabora anualmente el Informe Global de la Gestión Presupuestaria y establece mecanismos para la interoperabilidad de datos, buscando analizar la productividad, eficiencia técnica y asignativa, economía y efectividad del gasto público.

El Presupuesto por Resultados (PpR) es una metodología que se viene aplicando desde hace años y que impregna cada fase del proceso presupuestario. Su lógica se centra en lograr resultados a través de la asignación de recursos. Uno de sus instrumentos clave son los Programas Presupuestales, que son unidades de programación de las acciones del Estado orientadas a conseguir un resultado específico para una población objetivo, en concordancia con los objetivos estratégicos de la política de Estado formulados por el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN), pudiendo involucrar a entidades de diferentes sectores y niveles de gobierno.

El Responsable del Programa Presupuestal se encarga de la gestión estratégica y operativa de la programación presupuestal de los productos y de garantizar la provisión efectiva y eficiente de los servicios, articulando acciones transversalmente con unidades orgánicas de su pliego y con otros pliegos o niveles de gobierno si es necesario.

Las Modificaciones Presupuestarias son ajustes que se realizan al presupuesto durante el año fiscal. Pueden ser Créditos Suplementarios (incrementos en los créditos presupuestarios) o Transferencias de Partidas (traslados de créditos entre pliegos).

A nivel funcional y programático, las modificaciones incluyen Anulaciones (supresión total o parcial de créditos de productos o proyectos) y Habilitaciones (incremento de créditos con cargo a anulaciones).

Estas son aprobadas por Resolución del Titular, quien puede delegar la facultad. Existen limitaciones a estas modificaciones, como la prohibición de anular recursos de proyectos de inversión próximos a liquidarse o con alto avance financiero.

La incorporación de mayores ingresos públicos, es decir, aquellos no previstos o superiores a lo inicial, se sujeta a límites máximos establecidos por el MEF y se aprueba mediante resolución del Titular de la Entidad, Decreto Supremo (para el Gobierno Nacional), o Acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal (para Gobiernos Regionales y Locales).

Para el Año Fiscal 2025, el Presupuesto Anual de Gastos asciende a S/ 251,801,045,185.00 (Doscientos Cincuenta y Un Mil Ochocientos Un Millones Cuarenta y Cinco Mil Ciento Ochenta y Cinco y 00/100 Soles). Este monto incluye créditos para el Gobierno Nacional, gobiernos regionales y locales. Las principales fuentes de financiamiento son:

La gestión presupuestaria para 2025 también contempla diversas medidas especiales:

En resumen, la gestión del presupuesto público es un proceso complejo y dinámico que busca no solo la asignación eficiente de recursos, sino también el logro de resultados concretos a favor de la ciudadanía, bajo estrictos principios de responsabilidad y transparencia fiscal. La Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025 y las leyes de endeudamiento y equilibrio fiscal correspondientes, detallan un marco robusto y adaptativo para la administración de los recursos del Estado, con miras a un desarrollo sostenible y la mejora continua de los servicios públicos.

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