El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) acaba de marcar la cancha para el año fiscal 2026. A través de la Resolución Ministerial N° 308-2026-EF/50, se establecen los lineamientos para aplicar la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 32732, una norma que persigue dos objetivos que a simple vista parecen contradictorios: reforzar los fondos para emergencias y seguridad ciudadana, sin dejar de un solo sol de lado los programas sociales y servicios esenciales para la población más vulnerable.
Para cualquier funcionario, especialista en presupuesto o servidor público que gestiona recursos del Estado, entender esta norma ya no es opcional: es una exigencia técnica y normativa para el ejercicio fiscal 2026.
La norma define un listado exhaustivo de actividades exceptuadas de cualquier ajuste institucional, garantizando la continuidad de la atención a los sectores más vulnerables:
El financiamiento para las intervenciones de preparación ante el FEN y para seguridad ciudadana se ejecutará mediante modificaciones presupuestarias a favor de la Reserva de Contingencia, aplicables durante el Año Fiscal 2026 sobre los recursos de entidades del Gobierno Nacional, regional y local.
Los fondos provienen específicamente de la fuente de Recursos Ordinarios, en dos categorías de gasto, siempre que sus créditos no estén comprometidos:
La norma es precisa al definir qué fondos pueden liberarse hacia la Reserva de Contingencia: el punto de corte para determinar los créditos presupuestarios no comprometidos es el 31 de julio de 2026.
Sin embargo, para no afectar la operatividad del Estado, quedan excluidos del cálculo los siguientes recursos:
Con esta arquitectura normativa, el Estado peruano busca contar con recursos disponibles para enfrentar desastres climáticos inminentes, sin desatender la alimentación, la salud y la seguridad jurídica de la población. Es, en esencia, un ejercicio de planeamiento y presupuesto público que exige a cada entidad conocer con precisión qué genéricas de gasto están protegidas, cuáles son movilizables y bajo qué plazos.
Normas como la RM 308-2026-EF confirman algo que en Desarrollo Global venimos señalando hace años: la gestión presupuestal moderna exige especialización técnica real. Saber identificar créditos comprometidos, entender la lógica de la Reserva de Contingencia o aplicar correctamente las genéricas de gasto ya no es tarea exclusiva del área de presupuesto: es una competencia que fortalece el perfil de cualquier funcionario o servidor público.
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